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Hacia una ciencia realista del derecho

2022 - Ediciones Olejnik

222 p.

  • Creo que existen amplias posibilidades para establecer este con-tacto entre los puntos de vista escandinavos y angloamericanos en filosofía del derecho. En ambos medios culturales se puede advertir una decisiva tendencia hacia una concepción realista del fenómeno jurídico. Me refiero a una concepción que en principio y consistentemente considera el derecho como un conjunto de hechos sociales -una cierta conducta humana y actitudes e ideas relacionadas con ella-, así como el estudio del derecho como ramificación de la psicología social.concepción realista está decididamente en oposición al punto de vista tradicional en el Continente, donde desde los días del Derecho Natural y la filosofía idealista kantiana, se ha tratado de interpretar el derecho básicamente como un sistema de normas obligatorias que derivan su validez de ciertos principios a priori de justicia. Al mismo tiempo, resultó imposible negar la obvia dependencia que el derecho vigente tiene con el mundo de los hechos, y su resultado fue un típico d
  • ualismo: el derecho pertenece al mismo tiempo al mundo de los hechos empíricos y al metaempírico de las ideas eternas, reino de la validez.obra intenta liquidar este dualismo que, como aquí trato de demostrar, ha invadido la actual teoría del derecho en el tratamiento de sus conceptos y de sus problemas fundamentales. Esto es debido al papel jugado por ciertas vivencias de una validez jurídico-moral en el mundo del derecho. El camino hacia una conquista del dualismo no es negar la fundamental significación de estas vivencias sino más bien interpretar las ideas de una metaempírica validez como racionalizaciones de ciertas experiencias emocionales, e incluirlas así en el mundo de los hechos. OSSto de la editorial].
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