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La construcción de Europa a través de la cooperación judicial en materia de protección de víctimas de violencia de género

2019 - Tirant lo Blanch

167 p.

  • ¿Es Europa una gran ilusión? Las palabras de Judt preconizaban un camino nada fácil en la construcción de Europa. La falta de convergencia y voluntad de armonización de ordenamientos jurídicos ha devenido un óbice para el derecho procesal, que en algunas áreas trasunta entre Estados con dificultades de reconocimiento mutuo penal ágil y seguro. En diciembre de 2011, a iniciativa del Estado español, la Unión Europea adoptó la Directiva 2011/99/UE, sobre la Orden Europea de Protección. Basado en el reconocimiento mutuo penal, el objetivo de esta Directiva es garantizar que una persona a la que se hayan dictado medidas de protección en un estado miembro de la UE, siga disponiendo de una protección equivalente cuando se traslade a otro estado miembro.
  • Sin embargo, ante la falta de comunión entre ordenamientos y sistemas de protección procesal, se acabó paralelamente aprobando el Reglamento 606/2013, relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil. Asimismo, dicha protección debe compaginarse con otros mecanismos de cooperación judicial que aplican medidas de restricción al agresor y, por supuesto, sin olvidar en este rompecabezas a la conocida Directiva relativa a las víctimas. En este trabajo se aborda especialmente la dimensión transnacional de las medidas de protección de las víctimas en el marco de la justicia penal y civil a partir de experiencias reales de jueces y fiscales sobre la emisión y/o ejecución de órdenes europeas de protección o de certificados de medidas civiles. [Texto de la editorial].
  • Collected essays.